Resulta difícil ver, doloroso en algunos casos, cómo ellos deben ingeniárselas para sortear obstáculos, para valerse por sí mismos, para acceder a lugares que no están concebidos ni pensados para tales fines.
Ellos son minoría y lo saben, lo sabemos todos. Mas, no por ello deben olvidarse sus necesidades.
Es que las barreras arquitectónicas se les elevan como muros infranqueables.
Sí, hablo de esas dificultades que diariamente se encuentran las personas con discapacidades motoras en la sociedad actual.
Contrario a lo que pudiera pensarse, y usted seguramente como buen observador que es podrá darse cuenta, amigo, los espacios para el disfrute, esparcimiento o diversión propuestos y creados, no parecen tener en cuenta nada de esto.
En Cuba la Ley 145/2022, publicada en la Gaceta Oficial, instituye, en su artículo 90, que se deben construir rampas para la libre circulación de cualquier persona y por un motivo de seguridad, accesos estos, que deben contemplarse entonces en todo plan constructivo de forma obligatoria.
Pero, pensemos… ¿es esto suficiente? ¿Consideramos que es todo lo que se necesita? ¿Será que la mencionada norma precisa reactivarse un poco para salir de la “letra muerta”?
También debe recordarse que no siempre seremos jóvenes, y que en la Cuba actual, la cifra de adultos mayores va en ascenso. Somos un país longevo, dejémoslo así, independientemente de las causas.
Por lo que la pregunta más importante que debemos hacernos, usted, yo y el resto de los implicados directos, es si existen leyes, proyectos y presupuestos para tal fin, ¿por qué aún no hemos logrado erradicar estas molestas barreras?
No creo que en una sociedad en la que se promueve la inclusión, no forzada, sino vinculante a todos los niveles y sectores sociales, haya espacio para que un asunto tan significativo como este no quede zanjado.
Pues… ¿de qué sirven entonces los espacios recreativos de lujo y aquellos con fama momentánea, si no podemos disfrutarlos todos?
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