Para evitar caminar sobre la cuerda floja

2 de Feb de 2021
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Las Tunas.- De que el sector particular en Cuba es importante para el país, no caben dudas. Está empleando casi tantos trabajadores como el empresarial estatal. Y genera ingresos a una gran cantidad de familias.

Solo basta recorrer una calle de cualquier municipio y estos emprendedores ofertan los más variados productos y servicios, algunos de ellos, alejados de lo que realmente dicta su patente. Por lo que hoy, permanecen bajo la lupa los vendedores de artículos varios.

Roberto Cruz Tamayo, subdirector para la atención del trabajo por cuenta propia en la Dirección Provincial de Trabajo y Seguridad Social en Las Tunas, explica a tiempo21 que estos trabajadores comercializan artículos con fines domésticos, utilitarios y ornamentales, producidos por él u otro trabajador por cuenta propia, a partir de metales no preciosos, plásticos y otros recursos naturales.

Eso sí, no incluye la reventa de artículos adquiridos en la red minorista o importados por él u otras personas, entre ellos, efectos electrodomésticos, muebles, ropa, calzado, entre otros. En la confección de los artículos que vende, dijo, se debe cumplir con las regulaciones de los ministerios de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente (Citma) y de Salud Pública (Minsap).

La joyería es otra de las actividades que ejercen los trabajadores por cuenta propia y en la se pueden esconder algunas ilegalidades. Y es que esta patente sólo autoriza a reparar y pulir joyas de metales preciosos y a comercializar bisutería.

De igual manera los puntos de venta de artículos religiosos se expanden en Las Tunas aunque, no tanto como en otras provincias. La religión Yoruba tiene un número significativo y creciente de adeptos. Para realizar las obras que suelen recomendar los babalawos, usualmente necesitan objetos que se expenden en estas tiendas.

Cruz Tamayo, puntualizó que estos trabajadores por cuenta propia comercializan artículos y animales que se utilizan en ceremonias religiosas, entre ellas, bustos, herramientas, trajes, polvos, velas y solo aves de corral y ganado menor (Gallinas, gallos, patos, guineas, chivos y carneros).

Éstos tampoco pueden comercializar aguardiente, miel de abejas, tabacos y piezas que tengan valor patrimonial, según regula el Ministerio de Cultura.

La ampliación de las posibilidades de comercialización a todas las personas naturales y jurídicas, tanto cubanas como extranjeras, es otra de las ventajas que tienen estos trabajadores por cuenta propia, insertados también en la Tarea Ordenamiento que implementa el país. Cumplir lo legislado es responsabilidad de todos.

/nre/

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