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Código de las familias: un proyecto basado en el amor

La conformación de un nuevo Código de las Familias en Cuba es uno de los proyectos más ambiciosos y necesarios emanados de la Carta Magna aprobada en 2019. Algunos de sus puntos han suscitado el debate pues la forma en la que este documento rector concibe a las familias ha evolucionado, claro está, como consecuencia de cambios objetivos en nuestra  sociedad que la diferencian notablemente a la de hace 46 años, cuando estaba vigente la anterior versión.

Los patrones de familia no siempre están representados en un cuadro de mamá, papá e hijo; de hecho hace ya mucho tiempo este ideal ha quedado un poco rezagado en cuanto a representatividad pues la realidad ha demostrado ser mucho más rica.

Por ejemplo, ¿en cuántos hogares existe hoy la figura del padrastro o la madrastra? Sin dudas en muchos. La terminación -astro/-astra denota cierto carácter despectivo; en este nuevo Código de las Familias serán asumidos como padres y madres afines por el rol activo y en muchos casos imprescindibles que cumplen.

Los abuelos desempeñan responsabilidades paternas ante sus nietos, en circunstancias como las misiones médicas o la migración de sus padres; las uniones entre personas de un mismo sexo son cada vez comunes; ante estas y otras dinámicas la ley debe erguirse para respaldar los derechos de todos.

“Quizás muchos se pregunten por qué no podemos seguir con el anterior Código y es que la realidad de hoy debe estar respaldada con normas jurídicas coherentes y afines a esta. El documento vigente desde 1975 no respalda en la actualidad las distintas formas de organización de la familia en la sociedad cubana.

“Cuba ha firmado mandatos internacionales desde entonces hasta la fecha y estos deben de ser incorporados a nuestra legislación, de ahí la necesidad de que la población estudie con inmediatez estas disposiciones”, explicó la fiscal tunera especializada en el tema, Bárbara Artiles Nodarse.

La jurista señaló además que en el artículo 81 del anteproyecto del Código de las Familias se establece claramente el derecho que tienen las personas a fundar una familia acorde a la ley, para ello el Estado las reconoce y protege independientemente de su forma de organización. En este documento se habla además de la maternidad protegida; de la violencia intrafamiliar, un fenómeno del cual no podemos estar ajenos y de normas que protejan a nuestros adultos mayores.

[penci_blockquote style=»style-2″ align=»none» author=»»]La sociedad cubana actual dista notablemente de la de hace cuatro décadas. La estructura demográfica así lo evidencia y ello ha incidido notablemente en la diversificación de los modelos de familia.[/penci_blockquote]

En Cuba se ha duplicado la población de 60 años, a ello se le suma el hecho de que tenemos un ciclo de vida familiar tardío, acentuado por la marcada disminución de la fecundidad, así lo indicó el Máster en Ciencias Juan Carlos Alfonso Fraga, Vicejefe de la Oficina Nacional de Estadísticas e Información (ONEI) durante su comparecencia en la Mesa Redonda del 5 de octubre de 2021. Entonces hay que proteger con mayor fuerza a los más longevos. Este Código de las Familias es construido en base a estos datos.

“Como todos conocemos vivimos en una sociedad envejecida, cuán provechoso será que los adultos mayores puedan decidir cómo será su futuro, qué lugar de residencia tendrán; eso les dará autodeterminación”, apuntó Artiles Nodarse.

[penci_blockquote style=»style-2″ align=»none» author=»»]La inexistencia de un marco legislativo que cubriera la realidad variopinta de nuestras familias provocó que en muchos casos los juristas cubanos encontraran otros caminos legales a transitar.[/penci_blockquote]

“Desde mi experiencia como operadora del derecho he enfrentado situaciones que se han visto afectadas por la ausencia de ciertas leyes, todo ha dependido en gran medida de cómo los especialistas los afrontamos. Nosotros debimos sensibilizarnos con cada caso y utilizar el recurso de la mediación ante problemáticas para las cuales objetivamente no teníamos, desde el aspecto legal, soluciones efectivas.

“Ante casos recurrentes como el incumplimiento de padres o madres con la pensión alimenticia, la negativa de una de las partes de que el hijo pase tiempo con su otro progenitor o la falta de atención de familiares para con los más vulnerables, nosotros investigábamos, luego nos sentábamos con ellos en igualdad de condiciones, sin parcialidad, para encontrarle solución al conflicto según lo establecido por la ley. Así remediamos muchas desavenencias. Pero ante tantos cambios al interior de nuestras familias ya ese método no es eficaz en todos los casos”, explicó la fiscal Bárbara Artiles Nodarse.

Como bien reconoce la jurista el Código de la Familia vigente en Cuba desde 1975 fue en su tiempo un hito pues cambió cánones burgueses que dejaban en desventaja a la mujer y otorgó derechos al pueblo, pero los tiempos cambian.

Es tendencia que las parejas de hoy convivan por muchos años sin casarse legalmente, y en esa unión comparten todas las responsabilidades del hogar. “Si llegado el caso fallece uno, el otro puede quedar desamparado de sus derechos como heredero”, dice la fiscal. Entonces aquellas relaciones de pareja entre personas de un mismo sexo que se ven imposibilitadas de consumar el matrimonio ante la justicia se han visto vulneradas, ahora podrán disfrutar de su amor desde la confianza de que las leyes los respaldan.

“Por ello se ha estudiado durante mucho tiempo las condiciones en las que se debe basar un matrimonio y es ahora cuando se habla del afecto”. Sin dudas la interpretación de la familia como una unión por lazos de amor rompe los límites anteriores que dejaban fuera a integrantes valiosos sin nexos consanguíneos y sí afectivos. La idea de que el amor sea el centro de esa célula fundamental sin dudas acerca a este nuevo Código de las Familias a las necesidades y características de los cubanos de hoy.

/nre/

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