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Cuba: el camino de transformaciones necesarias en el Sistema Empresarial Estatal

Fortalecer la empresa estatal socialista y contribuir con su transformación es la finalidad de las 15 medidas aprobadas por el Consejo de Ministros, cuyas normas jurídicas entraron en vigor al publicarse en la Gaceta Oficial de la República de Cuba número 51, del mes de mayo.

El Decreto-Ley 34 de 2021 regula la organización y funcionamiento que regirán en el Sistema Empresarial Estatal, desde las Organizaciones Superiores de Dirección (OSDE) hasta las Unidades Empresariales de Base (UEB).

Se establece su actuar con eficiencia, racionalidad, calidad, responsabilidad social y transparencia, preservando la propiedad socialista de todo el pueblo.

El cuerpo legal reconoce a la empresa estatal como la principal del sistema económico, y concede autonomía para su administración y gestión.

Entre las novedades de las medidas aparece que se flexibiliza la distribución de utilidades después de pagar impuestos, eliminando el límite de hasta cinco salarios medios, sin la condición de cumplir los indicadores directivos.

Las mismas precisan que, de acuerdo con el sindicato, la empresa establece en el reglamento para la distribución de utilidades el proceder para determinar los montos a distribuir en sus UEB, según la participación real de cada una de ellas en los resultados de la entidad.

El Decreto-Ley dispone lo referido al pago por alto desempeño, que antes era solo para las empresas en Perfeccionamiento y explica que es complemento al reconocimiento moral a un trabajador o colectivo de forma excepcional, y que no será permanente, ni masivo.

En dichas medidas, se modifican los destinos de las utilidades retenidas que pueden usarse para amortizar créditos, deudas e inversiones, financiar pérdidas de años anteriores y para gastos de capacitación; y a la vez, surgen dos nuevos destinos: financiar la adquisición y construcción de viviendas, y la estimulación a trabajadores y colectivos.

A esta fecha, muchos en la provincia de Las Tunas  han sido beneficiados con las utilidades de 2020 y del primer trimestre de este año, mientras otros, esperan porque se haga efectivo.

Por otro lado, en este territorio oriental se recibe bien la medida que permite a los jubilados por edad ser contratados para desempeñar igual cargo al que ocupaban, y que la entidad puede contratar a sus trabajadores para servicios diferentes a los que realizan, fuera de su jornada laboral, ajustando el ingreso, además del salario.

Se flexibiliza, además, el funcionamiento de las UEB, cuyos jefes tienen ahora mayores facultades; queda aprobada la creación de empresas filiales, a propuesta de la empresa y subordinada a ella; así como convertir en empresas a UEB que cierren ciclos productivos, donde sea aconsejable.

Con la puesta en vigor de dichas normas jurídicas, comienzan a implantarse muchas transformaciones para deshacer trabas en el sistema empresarial cubano. Unido a esta voluntad política y gubernamental del país, para el éxito, tendrán que marchar unidas la responsabilidad de los directivos, su capacitación, y la de los trabajadores.

/nre/

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