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Régimen económico patrimonial, fortaleciendo el amor

Las Tunas.- La Ley del Código de las familias vigente en Cuba permite a los esposos o futuros cónyuges optar por uno de los varios regímenes económicos al quieren someter las relaciones patrimoniales de su matrimonio, y se les confiere la posibilidad de realizar pequeñas variaciones o combinaciones de los propuestos.

La profesora de la facultad de derecho de la Universidad de Las Tunas, Lic. Martínez Díaz dijo a Tiempo 21 que «algo muy novedoso son los pactos que se pueden realizar antes del casamiento donde se selecciona el régimen al que los contrayentes quieren acogerse. Además lo pueden hacer antes de formalizar la unión, después o durante el matrimonio».

El Código potencia la libertad de los cónyuges para actuar conforme con su proyecto de vida, al permitirles decidir el contenido de las relaciones patrimoniales que resuelvan establecer.

La letrada añadió que «la pareja puede determinar si desea casarse por bienes separados, en comunidad de bienes o también acogerse al régimen mixto donde se incluyen los dos regímenes. Es decir, puede haber bienes propios y bienes comunes dentro del matrimonio. De ese modo se amplían las opciones de la administración del patrimonio conyugal».

El matrimonio es una de las formas más importantes de organización de las familias sobre la base de
los afectos y el amor. El respeto a la igualdad de derechos y deberes y la capacidad legal de los cónyuges a decidir sobre sus bienes patrimoniales contribuye a la plenitud de sus miembros.

/lrc/

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