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Designados Intendentes municipales en Las Tunas

Las Tunas.- En cumplimiento de las disposiciones transitorias de la Carta Magna de la República de Cuba, este sábado fueron electos los Intendentes de los ocho municipios de la provincia de Las Tunas, con lo cual prosigue la reforma de la administración pública y la consolidación de la institucionalidad en el territorio y el país.

José Serrano Brito, funcionario de la Asamblea Provincial del Poder Popular, declaró que el proceso transcurrió de acuerdo con lo concebido y resultó otro paso en el perfeccionamiento de la estructura y el sistema de gobierno en Cuba.

Serrano Brito relacionó la lista de los intendentes electos en cada municipio: en  Las Tunas: Amauri Meneses Estrada; Manatí: Yamilet Borrero Labrada; Puerto Padre: Walter Velázquez Rojas; Jesús Menéndez: Rafael Villa Martínez; Jobabo: Cristina Tamayo López; Colombia: Víctor Pereira Santiesteban; Amancio: Jesús García Pérez  y en el municipio de Majibacoa, Ana Iris Reyes Cordové.

Con un 93 por ciento de asistencia, los delegados a las Asambleas Municipales del Poder Popular eligieron a los intendentes, a partir de una propuesta del presidente de ese órgano y previo estudio y conocimiento de la biografía y trayectoria del candidato.

Los electos para desempeñar tal responsabilidad tienen a su cargo la dirección del  Consejo de la Administración Municipal, facultado para «satisfacer, entre otras, las necesidades de la economía, de salud, asistenciales, educacionales, culturales, deportivas y recreativas de la colectividad (…), así como ejecutar las tareas relativas a la prevención y atención social», según establece la Ley de leyes.

Además, el Intendente es partícipe de la rendición de cuenta por parte del delegado y en cuanto a la atención a los planteamientos de los electores informa al representante del pueblo de la tramitación de las preocupaciones de los vecinos, al tiempo que garantiza la participación de directivos de las entidades en las evaluaciones realizadas en cada Consejo Popular para analizar el tema.

Los Intendentes asisten a las sesiones de la Asamblea Municipal del Poder Popular, con voz pero sin derecho al voto; y en correspondencia con lo estipulado en la Carta Magna integran el Consejo de Gobierno Provincial, junto al Presidente y Vicepresidente de la Asamblea de su demarcación.

Por otra parte, en correspondencia con la Ley de organización y funcionamiento de las asambleas municipales del Poder Popular y de los consejos populares, a propuesta del Intendente la Asamblea Municipal puede designar o sustituir al resto de los miembros del Consejo de la Administración Municipal, mientras la Asamblea puede evaluar su gestión.

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